La Sala del TS defiende la plena constitucionalidad de la prescripción enfermera, dejando claro que ni la propia prescripción enfermera ni la orden de dispensación enfermera de medicamentos "no se muestran, siquiera indiciariamente que contravengan la Constitución por atribuir nuevas competencias profesionales de prescripción a los enfermeros."
El Tribunal Supremo avala la plena validez del decreto dejando bien claro que el recurso no identifica ningún precepto concreto que vulnere la ley.
Cabe destacar que el TS hace especial hincapié también en el caso de los medicamentos con receta médica que podrían ser prescritos por los enfermeros dejando claro la prescripción por el médico de medicamentos sujetos a receta médica no se ve alterada con el Real Decreto impugnado ni con la regulación contenida en la Ley del Medicamento: "la novedad radica en que el enfermero podrá indicar el uso de medicamentos sujetos a prescripción médica, es decir tras haber sido¿ recetados por el médico, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud".
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