De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, corresponde al Secretario General de Universidades del Ministerio de Educación la aprobación, mediante una resolución que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, de las bases de la convocatoria de la prueba objetiva contemplada en la misma. En las indicadas bases se determinará el contenido de la prueba, la composición de la comisión evaluadora, el sistema de evaluación y cuantos aspectos se consideren necesarios para su adecuada organización
Por la importancia de éste tema para todos los profesionales de atención primaria, intentaremos manteneros informados puntualmente.